![]() |
||
|
|
|
Enlaces Importantes Registro de Familia Registro Civil & Tribunal Sucesorio (en inglés) Cálculos Automatizados de Títulos de Propiedad é Hipotecas Archivos de Licencia de Matrimonio (en inglés) Servicios Especiales (Premier) Reembolsos de Cheques del Registrador Casos de Infracción Penal y Civil (en inglés) Pague una Multa de Estacionamiento (en inglés) Pague
una Multa deTránsito Archivos de Imposición de Códigos (en inglés) Documentos Registrados Junta de Ajuste de Valores Calendarios
Judiciales Ejecuciones Hipotecarias Ventas
de Títulos Fiscales
Prequntas Frequentes Certificados de Nacimiento / de Defunción (en inglés) Directorio de Jueces (en inglés) Véa más... |
Lawson
E. Thomas Courthouse Center
175 N.W. 1 Avenida, Oficina 14-2 | Miami, Florida 33128 Teléfono: (305) 275-1155 | Horas de Oficina: 9:00 AM – 4:00 PM La ley proporciona protección a las víctimas de actos de violencia. Las víctimas tienen el derecho de solicitar un Interdicto de Protección contra aquella persona que cometa dichos actos de violencia. Un Interdicto de Protección le ordena a una persona que haga ó deje de hacer cosas específicas. La Oficina del Secretariado está autorizada por ley a proveer la asistencia necesaria en la preparación y presentación de peticiones de Interdictos de Protección. Todas las víctimas de Violencia Doméstica ó Violencia Doméstica Repetida deben presentarse en persona a una de las siguientes oficinas: Horas
de Oficina Oficinas
de Violencia Doméstica Oficinas de District Tribunal
de Distrito – Hialeah Tribunal
de Justicia del Norte de Miami-Dade
Tribunal de Justicia del Sur de Miami-Dade En estas oficinas le ofrecerán ayuda para llenar los documentos necesarios. Después de haber llenado los formularios necesarios, si la Corte determina que usted se encuentra en peligro, el secretario diputado preparará una órden para un Interdicto Temporario para que la firme el juez. Usted podrá obtener ésta órden el mismo día que usted presente la petición, sin la necesidad de una audiencia delante de un juez. El Interdicto Temporario es válido por un máximo de quince (15) días. Usted no tiene que pagar costos relacionados con la presentación de peticiones de casos de violencia doméstica. Sin embargo, quizás tenga usted que pagar los costos de presentación oficial de los documentos por el Sheriff si el Demandado vive fuera del Estado de la Florida. El Demandante ó Solicitante de la órden de protección debe verificar la ciudad y el estado dónde vive el Demandado antes de venir a nuestras oficinas. El Demandante ó Solicitante debe además traer consigo un money order ó un cheque personal por la cantidad y a nombre de quien le séa indicado. Si una víctima no tiene la posibilidad de pagar estos costos y firma una declaración estableciendo ésto, dichos costos pueden ser pospuestos hasta una fecha posterior. La falta de recursos económicos no debe impedirle a una persona que se sienta en peligro a presentar una petición. Dentro del período de vigencia del Interdicto Temporario se le fijará a usted una fecha de audiencia delante de un juez para determinar si se le otorgará un Interdicto Permanente en contra de la persona que ha cometidos los actos de violencia. Un Interdicto Permanente puede ser válido indefinidamente, por un período determinado por el juez, ó hasta que sea disuelto por la Corte. Cualquier violación de las condiciones y reglas de un interdicto de protección debe ser reportada en persona a la Oficina de Violencia Doméstica, ubicada en el edificio Lawson E. Thomas Courthouse Center, 175 NW 1st Avenue, Oficina 142, de Lunes a Viernes, antes de la 4:00 de la tarde, para así iniciar una acción judicial en la Corte. Si usted necesita presentar una petición para un interdicto de protección, usted puede ahorrar tiempo llenando las solicitudes para Interdictos de Protección Contra Violencia Doméstica (dos páginas) descargables en el enlace-link- Online Forms (Formularios en Línea), y puede traerlos a cualquiera de nuestras cuatro (4) oficinas. Uno de nuestros consejeros le ayudará a usted con el proceso para obtener un interdicto. Si usted tiene alguna pregunta, por favor llame a la Línea de Asistencia de Violencia Doméstica al 305-349-5888. Página
Principal
| Servicios en Línea
| Secretario de las Cortes |
Cómo Contactarnos |